Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1253 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo VIII

Cuando no haya acuerdo unánime de los herederos sobre la partición y el autor de la herencia no la hubiere hecho en su testamento, dicha partición deberá ser judicial

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial