Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2574 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo II

La obligación facultativa es nula si la principal también lo es; pero no a la inversa, pues la obligación principal seguirá siendo válida aunque la facultativa sea nula.

Si se hace imposible la prestación de la obligación principal, se extinguen tanto ésta como la obligación facultativa; pero si se hace imposible la prestación de la obligación facultativa, ello en nada influye en la obligación principal, que seguirá subsistiendo mientras no se cumpla o no exista una causa que legalmente la extinga

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial