Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 3248 Código Civil del Estado de Coahuila

Sección IV

La cuantía de la obligación del fiador se rige por las siguientes disposiciones:

I. El fiador puede obligarse por una cantidad menor del importe de la obligación del deudor principal y no por una cantidad mayor.

II. Si el fiador se hubiere obligado a más de lo que importa la obligación del deudor, se reducirá la obligación de aquél a los límites de la de éste

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial