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Leyes Descargar AYA

Título Noveno — De la concurrencia y prelación de los creditos

Capítulo VII De los acreedores de cuarta clase

Código Civil del Estado de Coahuila

Artículos 2643 al 2644 · 2 artículos

Artículo 2643

Pagados los créditos enumerados en los capítulos que preceden, se pagarán los créditos que consten en documento privado.

Artículo 2644

Con los bienes restantes serán pagados todos los demás créditos que no estén comprendidos en las disposiciones anteriores. El pago se hará a prorrata y sin atender a las fechas, ni al origen de los créditos.

L I B R O S É P T I M O

DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS NOMINADOS BILATERALES Y PLURILATERALES. (DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR)

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial