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Leyes Descargar AYA

Título Tercero — De las diferentes clases de derechos reales

Capítulo IV — De las servidumbres

Sección Segunda De las servidumbres legales

Código Civil del Estado de Coahuila

Artículos 1614 al 1615 · 2 artículos

Artículo 1614

Servidumbre legal es la establecida por la ley, dada la situación de los predios y en vista de la utilidad pública, de la utilidad privada o de ambas conjuntamente.

Artículo 1615

Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para utilidad pública o comunal se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto, por las disposiciones de este título.

DE LA SERVIDUMBRE LEGAL DE DESAGÜE.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial