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Leyes Descargar AYA

Artículo 1501 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo IV

El albacea general estará obligado a entregar al ejecutor especial las cantidades o bienes necesarios para el cumplimiento de la función que le corresponda conforme a lo dispuesto en el testamento.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial