Artículo 1681 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XIII
Mientras no se haya hecho la notificación, el deudor se libera pagando al acreedor primitivo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial