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Artículo 1791 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XIV

Entiéndase por pago o cumplimiento la entrega del bien o la prestación del hecho que sea objeto de la obligación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial