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Leyes Descargar AYA

Artículo 3374 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XII

Para que en las herencias por testamento exista el derecho de acrecer, se requiere:

I. Que dos o más personas sean llamados a una misma herencia o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes; y, II. Que uno de los llamados muera antes que el testador, no acepte la herencia o sea incapaz de recibirla.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial