Artículo 1102 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo VIII
Conceptos Se entiende por piso, el conjunto de departamentos y habitaciones construidos en un mismo plano horizontal, en un edificio de varias plantas; por departamento, la construcción que ocupa parte de un piso, y por habitación el espacio constituido por un solo aposento
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial