Artículo 1108 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo VIII
Infracciones de los ocupantes Las infracciones a que se refieren los artículo anteriores cometidas por inquilinos u ocupantes, son causales para la acción que puede ejercitar el administrador como representante legal de los propietarios.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial