Artículo 1263 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo VI
Obtención de título La falta de documento que pruebe el título constitutivo de una servidumbre da derecho a obtenerlo, en la forma que señala el Código de Procedimientos Civiles, en el caso de falta de título legal para el ejercicio de una acción. En su caso, el título puede obtenerse de acuerdo con lo establecido por los artículos 949 y 950
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial