Artículo 1353 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo I
Distribución a clases determinadas Puede el testador encomendar a un tercero, la distribución de las cantidades que deje a clases determinadas, como parientes, pobres, huérfanos, etc., y la elección de las personas a quienes deben aplicarse, observándose lo dispuesto por el artículo 1412.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial