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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones disposiciones generales

Título Décimo — De la extincion de las obligaciones

Capítulo Primero — Del cumplimiento de las obligaciones

Sección Tercera Del ofrecimiento del pago y de la consignacion

Código Civil del Estado de Tabasco

Artículos 2322 al 2329 · 8 artículos

Artículo 2322

Efectos del pago El ofrecimiento de pago, seguido de la consignación del bien debido, produce los efectos del pago y extingue la deuda, si aquél reúne todos los requisitos que para éste exige la ley.

Artículo 2323

Consignación del bien Si el acreedor rehusare sin justa causa recibir la prestación debida o dar el documento justificativo de pago o si fuere persona incierta o incapaz de recibir, podrá el deudor librarse de la obligación haciendo consignación del bien debido.

Artículo 2324

Derechos dudosos Si el acreedor fuere conocido pero dudosos sus derechos, podrá el deudor depositar el bien debido, con citación del interesado, a fin de que justifique sus derechos por los medios legales.

Artículo 2325

Procedimiento de consignación La consignación se hará en la forma que determine el Código de Procedimientos Civiles.

Artículo 2326

Resolución del Juez Si el Juez declara fundada la oposición del acreedor para recibir el pago, el ofrecimiento y la consignación se tienen como no hechos.

Artículo 2327

Aprobación del Juez Aprobada la consignación por el Juez, éste declarará que la obligación quedó extinguida desde que se hizo el ofrecimiento seguido de la consignación, a fin de que se produzcan todos los efectos legales consiguientes desde esa fecha.

Artículo 2328

Gastos de consignación Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los gastos serán de cuenta del acreedor.

Artículo 2329

Retiro Mientras el acreedor no acepte la consignación o no se pronuncie sentencia sobre ella, podrá el deudor retirar del depósito el bien; pero en este caso la obligación conserva toda su fuerza.

SECCION CUARTA DE LA REPETICION DE LA PRESTACION HECHA A TITULO DE PAGO.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial