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Leyes Descargar AYA

Artículo 2347 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

El Registro Público de la Propiedad y del Comercio funcionará conforme al sistema y métodos que determine el reglamento, en el que se establecerán los requisitos necesarios para desempeñar los cargos que requiera su funcionamiento, debiendo contar cuando menos con un Director, un Subdirector y un Secretario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial