Artículo 13 Ley de la Familia para el Estado de Baja California
Capítulo II
La familia tiene derecho a que se respeten sus costumbres, tradiciones y cultura en tanto no vulneren derechos de terceros y no contravengan disposiciones de orden público.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial