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Leyes Descargar AYA

Artículo 102 Código Familiar del Estado de Morelos

Capítulo VII

CREACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. La sociedad conyugal nace al celebrarse el matrimonio o durante él.

Puede comprender no sólo los bienes de que sean dueños los esposos al formarla, sino también los bienes futuros que adquieran los consortes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial