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Leyes Descargar AYA

Artículo 385 Código Familiar del Estado de Morelos

Capítulo ÚNICO

TERMINACIÓN DEL CARGO DE REPRESENTANTE. El cargo de representante acaba:

I.- Con el regreso del desaparecido e ignorado;

II.- Con la presentación del representante legítimo;

III.- Con la muerte del ausente; y IV.- Con la posesión provisional de los herederos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial