Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 48 Código Familiar del Estado de Sonora

Capítulo III

Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o durante la celebración del matrimonio o en cualquier momento de su vigencia. Pueden comprender no solamente los bienes de que sean dueños los esposos al hacer el pacto, sino también los que adquieran con posterioridad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial