Artículo 25 Código Penal del Estado de Aguascalientes
Capítulo III
Error de tipo. Tampoco existirá tipicidad cuando se ejecute la acción u omisión bajo un error invencible respecto de alguno de los elementos esenciales que integren la figura típica que corresponda.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial