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Artículo 155 Código Penal del Estado de Campeche

Capítulo VI

Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Se entiende por embarazo, al período que transcurre entre la implantación en el endometrio del óvulo fecundado y el momento del parto. Se deroga.

Nota: Se reformó mediante decreto 62 de la LXV Legislatura, publicado en P.O.2361 Segunda Sección de fecha 25 de febrero de 2025

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial