Capítulo V Leyes Especiales y Concurso Aparente de Normas
Código Penal del Estado de Chiapas
Índice de la leyArtículo 7
Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en otra ley especial del Estado o en una ley Federal, se aplicará cualquiera de éstas, observando en lo conducente las disposiciones de este Código.
Para efectos del párrafo anterior, la aplicación de leyes federales será únicamente en los casos de materias concurrentes previstas en éstas.
Artículo 8
Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones:
I. La especial prevalecerá sobre la general;
II. La de mayor alcance absorberá a la de menor amplitud, y;
III. La principal excluirá a la subsidiaria.
(ADICIONADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Texto tomado de Poder Judicial del Estado de Chiapas. Documento oficial