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Libro Primero — Disposiciones generales

Título Tercero — Consecuencias jurídicas del delito

Capítulo XI Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito

Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 53

Artículo 53

Bienes susceptibles de decomiso El decomiso consiste en la aplicación a favor del Estado, de los instrumentos, objetos o productos del delito, en los términos de la Ley.

Los de uso ilícito serán decomisados en todos los casos. Si son de uso lícito, se decomisarán sólo cuando el sujeto haya sido condenado por delito doloso; si pertenecen a un tercero, sólo se decomisarán cuando éste haya tenido conocimiento de su utilización para la comisión del delito y no lo denunció o no hizo cuanto estaba de su parte para impedirlo.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial