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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Parte especial

Título Quinto — Delitos contra la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual

Capítulo V Incesto

Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 178

Artículo 178

La cópula entre ascendientes y descendientes consanguíneos en línea recta o entre hermanos, se sancionará con prisión o tratamiento en libertad de uno a seis años.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial