Artículo 213-C Código Penal del Estado de Guanajuato
Libro Segundo — Parte especial Título Quinto — De los delitos contra el patrimonio Capítulo VIII — Operaciones con recursos de procedencia ilícita
Índice de la leySi en las conductas mencionadas en el presente capítulo participa algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, investigación o persecución del delito; aplicación o ejecución de sanciones respecto de delitos, la punibilidad prevista en el artículo 213 -a, se aumentará de un tercio del mínimo a un tercio del máximo.
(ADICIONADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial