Artículo 349 Duodecies Código Penal del Estado de Hidalgo
Libro Segundo Título Décimo Noveno — Delitos contra la economía del estado y el bienestar social Capítulo III Ter — Delitos contra la vida, integridad y dignidad de los animales
Índice de la leySe impondrán de tres meses a dos años de prisión y multa de 50 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien organice, realice, promueva, anuncie, promocione, difunda, fináncie, patrocine o presencie, cualquier acto cuyo objetivo sea la pelea de perros, así como a quien permita que se realice en inmuebles de su propiedad o bajo su posesión.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial