Título Décimo Séptimo — Delitos contra la administración publica cometidos por particulares
Capítulo VII Ultrajes a la autoridad
Código Penal del Estado de Hidalgo
Índice de la leyArtículo 320
Al que de palabra o de obra ultraje a una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas se le impondrá prisión de tres meses a un año y de 5 a 25 días multa.
Para los efectos de esta disposición, se entiende por ultraje toda acción o expresión ejecutada con el ánimo de denigrar u ofender a algún funcionario o agente de la autoridad.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial