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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Décimo Sexto — Delitos contra la vida e integridad corporal

Capítulo I Disparo de arma de fuego sobre persona y ataque peligroso

Código Penal del Estado de Jalisco

Artículos 205 al 205 Bis · 2 artículos

Artículo 205

Se impondrán de tres meses a dos años de prisión al que:

I. Dispare sobre alguna persona un arma de fuego; y

II. Ataque a alguien de tal manera, que, en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza del agresor o de cualquiera otra circunstancia semejante, ponga en peligro la vida o la integridad física del agredido.

Cuando por el número de disparos o la prolongación del ataque grave haya base lógica para presumir que la intención del activo fue la de privar de la vida o salud al ofendido, se aplicarán las sanciones correspondientes a la tentativa de homicidio o de lesiones según el caso.

Artículo 205 Bis

Derogado.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial