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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Parte general

Título Tercero — Consecuencias

Capítulo IV Semilibertad

Código Penal del Estado de Michoacán

Artículo 33

Artículo 33

Concepto y duración

La semilibertad implica alternar periodos de libertad y privación de la misma y se cumplirá con libertad:

I. Durante la semana laboral con reclusión el fin de semana;

II. El fin de semana con reclusión durante el resto de ésta;

III. Diurna con reclusión nocturna; o, IV. Nocturna con reclusión diurna.

La semilibertad podrá imponerse como pena autónoma o como sustitutiva de la prisión. En este último caso, la duración no podrá exceder de la que corresponda a la pena de prisión sustituida.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial