Artículo 68 Código Penal del Estado de Oaxaca
Capítulo VIII
En caso de concurso real de delitos, se sumarán las penas que correspondan a cada uno de los delitos cometidos sin que la suma exceda del doble de los máximos señalados en el Título Tercero de este Libro Primero
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial