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Leyes Descargar AYA

Artículo 205 Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo QUINTO

Al que quebrante los sellos puestos por orden de la autoridad, se le aplicará prisión de un mes a dos años.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial