Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Delitos en particular

Capítulo Quinto — Delitos contra la autoridad

Sección Tercera Quebrantamiento de sellos

Código Penal del Estado de Puebla

Artículos 205 al 206 300 · 2 artículos

Artículo 205

Al que quebrante los sellos puestos por orden de la autoridad, se le aplicará prisión de un mes a dos años.

Artículo 206 300

Se impondrá multa de uno a diez Unidades de Medida y Actualización, a las partes en un negocio civil, que de común acuerdo, quebrantaren los sellos puestos por la Autoridad Pública, y el quebrantamiento se hiciere sin autorización de ésta. DELITOS COMETIDOS CONTRA FUNCIONARIOS PÚBLICOS.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial