Libro Segundo — Parte especial
Título Segundo — Delitos contra el servicio público cometidos por los servidores públicos
Capítulo IX Concusión
Código Penal del Estado de Querétaro
Índice de la leyArtículo 269
Comete el delito de concusión el servidor público que con ese carácter y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, réditos, salario o emolumentos, exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquier otra cosa que sepa no ser debida o en mayor cantidad que la señalada por la Ley. (Ref. P. O. No. 29, 8-VI-12)
Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial