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Artículo 30 Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Capítulo I

Definición Es la condena o la punición que el juez o un tribunal impone, según lo que establece la ley, a la persona que ha cometido un delito. Con arreglo a este Código las penas son las siguientes:

I. Prisión;

II. Reparación del daño;

III. Sanción pecuniaria;

IV. Decomiso, destrucción y aplicación de los instrumentos, objetos y productos relacionados con el delito;

V. Suspensión y privación de derechos;

VI. Suspensión; inhabilitación; y destitución de empleos, profesiones u oficios;

VII. Tratamiento en libertad;

VIII. Tratamiento en semilibertad, y IX. Trabajo a favor de la comunidad.

Sección Primera Prisión.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial