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Título Décimo Noveno — Delitos contra el correcto funcionamiento del sistema electoral

Capítulo VII No Desempeño del Cargo

Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Artículo 374

Artículo 374

[Comete el delito de no desempeño del cargo, la persona que habiendo sido electa en el cargo de la Gubernatura, diputación local, titular de presidencia municipal, sindicatura, o regiduría, no se presente, sin causa justificada, a desempeñar el encardo dentro del plazo señalado por la Constitución Política del Estado.

(Reformado, P.O.E. 24 de Octubre de 2020) (Reformado, P.O.E. 19 de Julio de 2017) Este delito será sancionado con una pena de un mes a un año de prisión, la suspensión de sus derechos políticos hasta por seis años, y sanción pecuniaria de cien a un os mil días del valor de la unidad de medida y actualización .] Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a la Acción de Inconstitucionalidad 290/2020; publicada en el DOF 05-11-2021y en el Periódico Oficial del Estado el 24 de octubre de 2021.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial