Libro Segundo — Parte especial
Título Décimo Tercero — Delitos contra la familia y el estado civil
Capítulo V Exposición de menores
Código Penal del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 292
Comete el delito a que se refiere este capítulo el que exponga en una casa de expósitos a un menor de siete años que se le hubiere confiado, o lo entregue en otro establecimiento de beneficencia o a cualquiera otra persona, sin anuencia de la que se lo confió o de la autoridad en su defecto.
Artículo 293
A los responsables del delito de exposición de menores se les impondrá una sanción de tres días a un año de prisión y multa de dos a treinta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Artículo 294
Los parientes o tutores que entreguen en una casa de expósitos a un niño que está bajo su potestad o custodia, perderá por ese sólo hecho los derechos que tenga sobre la persona y bienes del expósito.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial