Libro Segundo — De los delitos
Título Noveno — Delitos contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual
Capítulo III Estupro
Código Penal del Estado de Tlaxcala
Índice de la leyArtículo 293 Cambió desde 2025 · ver qué cambió
Se impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y multa de treinta y seis a doscientas ochenta y ocho veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien:
I. Realice cópula con una persona mayor de quince y menor de dieciocho años de edad, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción, el engaño o por relación de poder, y II. A quien introduzca por vía oral, vaginal o anal cualquier parte del cuerpo humano distinto al pene, o cualquier elemento o instrumento, a una persona mayor de quince y menor de dieciocho años de edad, obteniendo su consentimiento por la seducción, el engaño o por relación de poder. Este delito se perseguirá por querella de la víctima o parte ofendida.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial