Artículo 519 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo VII
En cualquier almoneda en que no hubiere postura legal, el ejecutante tiene derecho de pedir la adjudicación, en la cuantía señalada para la postura legal. La resolución relativa es apelable en ambos efectos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial