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Leyes Descargar AYA

Artículo 617 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo IV

Oposición a la ejecución. Dentro de los cinco días siguientes al embargo o al traslado y emplazamiento en su caso, el deudor podrá oponerse a la ejecución, haciendo valer las defensas o contrapretensiones legales que tuviere, salvo los casos en que la Ley las limite expresamente

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  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial