Artículo 432 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca
Capítulo I
Los incidentes que se susciten en los juicios sumarios se decidirán de plano, sin substanciar artículo, salvo el derecho de las partes de ser oídas en una audiencia.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial