Artículo 886 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca
Capítulo I
Si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima, el negocio se hará contencioso y se sujetará a los trámites establecidos para el juicio que corresponda.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial