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Leyes Descargar AYA

Artículo 425 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sinaloa

Capítulo I

El juicio sumario se inicia, por lo general, con el escrito de demanda en que se deben llenar los requisitos a que se refiere el Artículo 258.

Con el escrito de demanda y anexos, se emplazará al demandado para que dentro del plazo de siete días produzca su contestación. (Ref. según Dec. No. 122 del 18 de junio del 2008, y publicado en el P.O. No. 093 del 04 de agosto del 2008).

En los juicios de alimentos que se deba n por contrato, por testamento o por disposición de la ley, en el auto inicial el juez fijará una pensión provisional al acreedor, con la información con que cuente, mientras se resuelve el juicio en definitiva, pudiendo adoptar entre tanto las medidas tendientes al aseguramiento. (Adic. según Dec. No. 122 del 18 de junio del 2008, y publicado en el P.O. No. 093 del 04 de agosto del 2008)

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial