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Leyes Descargar AYA

Artículo 908 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Para impugnar las resoluciones judiciales se conceden los siguientes recursos:

I.- Revocación;

II.- Revisión; y,

III.- Apelación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial