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Leyes Descargar AYA

Artículo 909 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Todos los recursos o impugnaciones de la misma naturaleza hechos valer por separado contra una misma resolución judicial, deben acumularse a petición de parte o de oficio, y decidirse en una sola sentencia.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial