Artículo 170 Constitución Política del Estado de Durango
Capítulo II
La fiscalización superior es una facultad exclusiva del Congreso del Estado que se ejerce a través de la Auditoria Superior del Estado que tiene por objeto evaluar el desempeño de la gestión gubernamental, comprendiéndose en el examen, el cumplimiento de los objetivos y metas de los planes y programas de gobierno y la conformidad y justificación de las erogaciones realizadas con las partidas autorizadas en los correspondientes presupuestos de egresos y los demás que le confiera la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes aplicables.
(ADICIONADO, P.O. 29 DE AGOSTO DE 2013)
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial