Título Séptimo — De los Municipios
Capítulo VIII Relaciones Laborales
Constitución Política del Estado de Quintana Roo
Índice de la leyArtículo 159
Las relaciones laborales entre los Municipios y sus personas trabajadoras se regirán por las leyes que expida la Legislatura, con base en lo dispuesto por el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias. Artículo reformado POE 24-10-2003, 19-03-2025
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial