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Leyes Descargar AYA

Artículo 37 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Capítulo IV

La Fiscalía General contará con una Fiscalía Especializada en Materia de Trata de Personas, misma que será un órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir las conductas consideradas como hechos presuntamente constitutivos de los delitos previstos y sancionados por la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, siempre que no concurran las causas por las que tales hechos deban ser conocidos por la Federación, en cuyo caso coadyuvará con ésta para tales efectos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial