Artículo 24 BIS Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Baja California
Capítulo IV
Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales. La Fiscalía Especializada para la atención de Delitos Electorales es un órgano dependiente de la Fiscalía General del Estado con autonomía técnica y operativa. Estará a cargo de un Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Electorales, que será competente para la investigación, prevención y persecución de los delitos electorales.
Los requisitos para ocupar el cargo, la duración en el mismo, así como el nombramiento y remoción de su titular, será de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.
La estructura orgánica, las atribuciones y facultades específicas estarán determinadas en la presente Ley, las leyes aplicables y el Reglamento correspondiente. Artículo Adicionado
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Congreso del Estado de Baja California, con la reforma del 31 de enero de 2025. Documento oficial