Artículo 11 Bis 1 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua
Capítulo III
La Unidad Especializada en Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y la Cometida por Particulares es la Unidad Administrativa de la Fiscalía Especializada en Investigación de Violaciones a los Derechos Humanos y Desaparición Forzada,
encargada de la investigación y persecución de los delitos en materia de desaparición forzada de personas en el ámbito de su competencia.
Dicha unidad tendrá las atribuciones señaladas por el artículo 70 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables de la legislación en la materia.
[Artículo adicionado mediante Decreto No. LXV/RFLEYC/0798/2018 XII P.E. publicado en el P.O.E. No. 58 del 21 de julio de 2018]
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Chihuahua, con la reforma del 21 de mayo de 2025. Documento oficial