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Artículo 86 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo VI

Disposiciones comunes. Los integrantes de la Comisión serán de carácter permanente y honorífico.

La Comisión sesionará en pleno, con la presencia de la totalidad de sus integrantes, previa convocatoria del Presidente, por conducto del Secretario Técnico.

Para la realización de sus atribuciones, la Comisión se auxiliará del personal necesario que autorice el presupuesto de egresos correspondiente.

El reglamento respectivo determinará las bases para la operación y el funcionamiento de la Comisión, así

como las atribuciones de sus integrantes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial